Consejo de Derechos Humanos
45º período de sesiones
14 de septiembre a 2 de octubre de 2020
Tema 4 de la agenda
Situaciones de derechos humanos que requieren la atención del Consejo
Resumen
En este informe, presentado al Consejo de Derechos Humanos de conformidad con su resolución 42/25, figuran las conclusiones de la misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela. El informe contiene un panorama general de las conclusiones de la misión con respecto a las ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones forzadas, las detenciones arbitrarias, y las torturas y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes que se han cometido en el país desde 2014. El informe concluye con la evaluación que hace la misión de las responsabilidades que se derivan de las vulneraciones constatadas.
I. Introducción
-
El Consejo de Derechos Humanos, en su resolución 42/25, decidió establecer una misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela para que investigara las ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones forzadas, las detenciones arbitrarias, y las torturas y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes que se han cometido desde 2014, a fin de asegurar la plena rendición de cuentas de los autores y la justicia para las víctimas.
-
En la misma resolución, el Consejo solicitó a la misión de determinación de los hechos que le presentara un informe sobre sus conclusiones en su 45º período de sesiones. La misión elaboró el presente informe y un informe ampliado, publicado como documento de sesión, que contiene más detalles sobre los incidentes, los análisis y las conclusiones.
-
El Consejo, también en la misma resolución, instó a las autoridades venezolanas a que cooperaran plenamente con la misión de determinación de los hechos, le brindaran acceso inmediato, completo y sin trabas a todo el territorio del país, así como a las víctimas y los lugares de privación de libertad, y le facilitaran toda la información necesaria para el desempeño de su mandato.
-
La misión envió correspondencia a un funcionario del Gobierno en seis ocasiones entre enero y agosto de 2020 y no recibió ninguna respuesta. Asimismo, lamenta no haber podido reunirse con las autoridades venezolanas, ya sea dentro o fuera del país, para examinar el mandato y recabar información pertinente.
-
La falta de acceso al país y las restricciones de viajes relacionadas con la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) plantearon dificultades a la labor de la misión y, en algunos aspectos, dieron lugar a un enfoque más restringido del que se hubiera adoptado en otras circunstancias. No obstante, la misión pudo reunir la información necesaria para establecer los hechos y llegar a conclusiones de conformidad con su mandato. La investigación ha identificado pautas de actuación y documentado incidentes específicos que aportan motivos razonables para creer que se han cometido violaciones del derecho internacional de los derechos humanos, además de delitos con arreglo al derecho penal nacional e internacional.