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Peru

La aprobación de las modificaciones a la Ley de la APCI afecta de forma grave la libertad de asociación en el Perú: una experta de la ONU

GINEBRA – Una experta de la ONU* expresó grave preocupación por la aprobación de las modificaciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), así como las declaraciones en contra de las organizaciones de la sociedad civil peruana realizadas en el evento de su firma y ratificación.

“Las modificaciones propuestas a la APCI generan riesgos de interferencia indebida en la estructura y el funcionamiento interno de las organizaciones no gubernamentales (ONG)”, dijo Gina Romero, Relatora Especial sobre la libertad de reunión pacífica y de asociación.

Un grupo de personas expertas se comunicaron con el Gobierno peruano el 10 de junio de 2024 (OL PER 4/2024), indicando que si el conjunto de modificaciones a la Ley de la APCI (Ley N°27692) fuera aprobado como estaba, incluyendo la ambigüedad en sus provisiones, afectaría de forma grave los derechos humanos, en especial, el derecho a la libertad de asociación, y alejaría al Perú del cumplimiento de sus compromisos internacionales.

“Las modificaciones a la Ley de la APCI impedirían que las organizaciones y las personas defensoras de derechos humanos avancen en acciones de incidencia nacional e internacional, que podría llevar a un aumento de la impunidad en el país”, dijo la experta.

En su comunicación, las personas expertas expresaron preocupación de que las modificaciones a la ley de la APCI restringen indebidamente la libertad de solicitar, recibir y utilizar recursos financieros nacionales o internacionales, que hace parte intrínseca del derecho a la libertad de asociación; y establecen exigencias y sanciones que son desproporcionadas y van en contra de los estándares internacionales y de provisiones constitucionales, como el que señala que toda persona tiene derecho a asociarse sin autorización previa y con arreglo a la ley.

“La forma en que el Gobierno anunció la firma y aprobación de las modificaciones es preocupante”, dijo la experta, describiendo un evento inusual en el que erróneamente se equipara el avance en la transparencia con un control indebido y excesivo a la cooperación y a las organizaciones no gubernamentales, restringiendo gravemente el derecho a la libertad de asociación.

La Relatora Especial también instó a las autoridades peruanas a abstenerse de estigmatizar a las organizaciones no gubernamentales utilizando narrativas que las asocian con la promoción de odio, con estar en contra del bienestar de la nación y la unidad nacional, y asociándolas con acciones de manipulación y una agenda ideológica contraria al bien común.

“La ambigüedad de las medidas podría distorsionar el objetivo legítimo buscado y contravenir la previsibilidad requerida por los estándares internacionales para cualquier medida restrictiva”, dijo la experta.

La Relatora Especial sobre la libertad de reunión pacífica y de asociación ha indicado que el uso de narrativas que estigmatizan la acción de la sociedad civil y los movimientos sociales, destruyendo su reputación y deslegitimándolas frente a la sociedad, es una tendencia global que afecta el espacio cívico y anuncia el autoritarismo.

“Los gobiernos deben evitar cualquier acción que cree un ambiente hostil para el ejercicio de la libertad de reunión pacífica, asociación y expresión, incluyendo asociar de forma genérica el trabajo de las ONG y otras asociaciones con el financiamiento del terrorismo, el lavado de activos, procesos de desestabilización nacional, comportamientos no éticos o inmorales, entre otros”, dijo la experta.

La Relatora Especial sobre la libertad de reunión pacífica y de asociación transmitió las preocupaciones específicas sobre la modificación en dos ocasiones a la Cancillería peruana y en una al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en reuniones sostenidas durante sus visitas académicas en Lima, en 2024 y 2025.

* Gina Romero, Relatora Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación

Respaldado por: Ben Saul, Relator Especial sobre la lucha contra el terrorismo y los derechos humanos; Irene Khan, Relatora Especial sobre la libertad de opinión y de expresión; Mary Lawlor, Relatora Especial sobre los defensores de los derechos humanos

Los titulares de mandatos de los Procedimientos Especiales son personas expertas independientes en derechos humanos nombrados por el Consejo de Derechos Humanos para abordar situaciones específicas de países o cuestiones temáticas en todo el mundo. Las personas expertas no forman parte del personal de la ONU y son independientes de cualquier gobierno u organización. Prestan sus servicios a título individual y no reciben un salario por su trabajo.

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