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Oxfam Intermón y otras organizaciones humanitarias recurren el cese de sus operaciones ante el Tribunal Supremo israelí

24/02/2026.- Treinta y siete organizaciones internacionales de ayuda humanitaria han recibido la orden de las autoridades israelíes de cesar sus operaciones en el territorio palestino ocupado a finales de febrero, en aplicación de las normas revisadas de registro israelí. Ante la inminencia de la entrada en vigor de estas medidas para forzar su cierre, un grupo de ellas ha dado el paso sin precedentes de presentar conjuntamente una petición en el Tribunal Supremo israelí para solicitar la suspensión cautelar de estas medidas antes de que se cause un daño irreparable a la población civil que depende de su asistencia.

El 30 de diciembre de 2025, las organizaciones afectadas fueron notificadas formalmente de que sus registros en Israel expirarían al día siguiente y de que dispondrían de 60 días para poner fin a sus actividades en Gaza y Cisjordania, incluida Jerusalén Este. La carta de notificación indicaba que la decisión solo podría revocarse si las organizaciones completaban íntegramente el proceso de registro de acuerdo a las condiciones impuestas por Israel; un proceso que las organizaciones no pueden cumplir desde el punto de vista legal y ético.

Las medidas para forzar el cierre podrían comenzar el próximo 28 de febrero. El impacto sería inmediato y afectaría no solo a las organizaciones de manera individual, sino al conjunto del sistema humanitario. En Gaza, las familias siguen dependiendo de la ayuda externa en un contexto de restricciones continuas a la entrada de asistencia y de nuevos ataques a zonas densamente pobladas. En Cisjordania, incluida Jerusalén Este, las incursiones militares, demoliciones, desplazamientos, expansión de asentamientos y violencia de los colonos están incrementando las necesidades humanitarias.

El registro ante la Autoridad Palestina constituye la base legal que permite a las ONG internacionales operar en territorio palestino. En virtud del IV Convenio de Ginebra, la potencia ocupante debe facilitar la asistencia a la población civil bajo su control. Condicionar la presencia humanitaria a exigencias administrativas, incluida la transferencia de listados completos del personal nacional, junto con motivos vagos y politizados para denegar el registro, pone en riesgo una asistencia que salva vidas y socava la obligación de garantizar el bienestar de la población civil bajo ocupación.

La exigencia de transferir datos personales plantea graves riesgos legales y de seguridad. Expone al personal nacional a posibles represalias y debilita las salvaguardas de protección de datos y confidencialidad. Además, en el caso de las organizaciones europeas, el cumplimiento generaría importantes responsabilidades legales y contractuales. Más ampliamente, este tipo de requisitos sienta un precedente que puede desalentar la acción humanitaria en contextos altamente politizados.

Las ONG internacionales han propuesto alternativas prácticas, como sistemas independientes de verificación de sanciones y mecanismos de control auditados por donantes, que permiten garantizar el cumplimiento normativo y la protección del personal sin revelar datos personales. Sin embargo, no se ha recibido ninguna respuesta a estas alternativas. Mientras tanto, la aplicación de las medidas ya ha comenzado de facto, con el bloqueo de suministros y la denegación de visados y acceso a personal extranjero.

Junto con agencias de Naciones Unidas y socias palestinas, de las ONG internacionales depende más de la mitad de toda la asistencia alimentaria en Gaza, el 60% de las operaciones de hospitales de campaña, casi tres cuartas partes de las actividades de refugio y distribución de artículos no alimentarios, la totalidad de los tratamientos hospitalarios para menores con desnutrición aguda severa y el 30% de los servicios de educación de emergencia, además de financiar más de la mitad de las tareas de eliminación de artefactos explosivos.

El recurso presentado solicita medidas cautelares urgentes para suspender la expiración de los registros y evitar nuevas acciones de ejecución hasta que se produzca una revisión judicial. Las organizaciones firmantes sostienen que las medidas administrativas constituyen un intento de restringir operaciones humanitarias de manera incompatible con las obligaciones de una potencia ocupante de acuerdo al derecho internacional humanitario.

Los gobiernos deben actuar con urgencia para impedir la aplicación de estas medidas y garantizar que la asistencia humanitaria siga estando basada en principios, independiente y sin obstáculos. Si estas disposiciones entran en vigor, la ayuda se verá obstaculizada no porque hayan disminuido las necesidades, sino porque se habrá convertido en algo opcional, condicionado o politizado. En un momento en que la población civil depende de la asistencia para sobrevivir, ese escenario tendría consecuencias humanas inmediatas e irreversibles.

Organizaciones peticionarias y que apoyan la petición:

1. All We Can

2. ActionAid Australia

3. Alianza Por La Solidaridad

4. Association of International Development Agencies (AIDA)

5. Bystanders No More

6. CADUS e.V.

7. Choose Love

8. Christian Aid

9. Churches for Middle East Peace

10. DanChurchAid

11. Danish Refugee Council

12. Diakonia, Sweden

13. Humanity & Inclusion – Handicap International

14. Medico international

15. Middle East Children's Alliance

16. Movimiento por la Paz, Desarme y Libertad - MPDL

17. Muslim Aid

18. Nonviolent Peaceforce

19. Norwegian Church Aid

20. Norwegian Refugee Council

21. Oxfam

22. Pax Christi International

23. Première Urgence Internationale (PUI)

24. Pro Peace

25. Refugees International

26. Start Network

27. Tearfund

28. Terre des hommes Italy

29. Terre des hommes Lausanne (Tdh)

30. United Against Inhumanity

31. Weltfriedensdienst e.V. (WFD; World Peace Service)