Informing humanitarians worldwide 24/7 — a service provided by UN OCHA

Guatemala + 1 more

Protocolo de actuación en el Albergue Temporal: Especializado para la Atención de Mujeres Adultas Migrantes Víctimas del Delito de Trata de Personas

Attachments

Introducción

Las migraciones son parte de la historia humana; propician intercambios de diversa índole y el desarrollo social y económico, tanto para quienes migran como para las comunidades que los reciben. Pero, también conllevan riesgos.

Toda migración implica un desarraigo: dejar atrás lugares y personas conocidas, así como maneras de entender el mundo, actuar en él y representarlo en la lengua materna. Esto de por sí ya es suficiente para generar una experiencia traumática, sobre todo cuando se considera que no es lo mismo migrar de manera voluntaria que el desplazamiento por situaciones de pobreza, discriminación, falta de oportunidades, violencia o catástrofes naturales. Estos riesgos aumentan cuando la migración es irregular, es decir, cuando las personas atraviesan fronteras internacionales sin documentos de viaje o pasaportes válidos o sin cumplir los requisitos administrativos exigidos para salir de un país. Al no existir registro de sus egresos e ingresos, son “invisibilizadas” para las instancias de protección, lo que las coloca en una situación de gran vulnerabilidad ante el tráfico ilícito de migrantes, la desaparición forzada, el secuestro, la extorsión, la violencia sexual, la explotación y otras conductas delictivas.

En cuanto a la trata de personas las personas migrantes pueden ser victimizadas en diferentes momentos, ya sea porque en algunos casos la migración inicia precisamente como parte de este delito, o las personas son captadas durante su tránsito o son victimizadas en el lugar de destino. El Estado guatemalteco es consciente de esta situación y asume su papel de garante de los derechos humanos de las víctimas de trata de personas, sean estas de nacionalidad guatemalteca identificadas como víctimas en otros países, o personas extranjeras sometidas a este ilícito en territorio guatemalteco. Entre las primeras medidas a considerar está el de proveer alojamiento seguro, razón por lo que la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas cuenta con un Albergue Temporal Especializado para la Atención de Mujeres Adultas Migrantes Víctimas del Delio de Trata de Personas y sus hijas e hijos. Se trata de un albergue de alta seguridad, especializado en la atención a mujeres adultas migrantes víctimas de trata de personas. Lo que aquí se presenta es el Protocolo que establece los enfoques, principios orientadores y acciones mínimas de atención integral a partir de un equipo interdisciplinario.

Tratándose de víctimas en situación migrante y al ubicarse Guatemala en uno de los principales corredores migratorios a nivel mundial, es necesario conocer aspectos básicos de la migración. Es por lo que este Protocolo de Atención en el Albergue Temporal Especializado para Mujeres Adultas Migrantes Víctimas del Delito de Trata de Personas, inicia con algunos de estos datos.

A partir de dicho panorama, el primer capítulo se complementa con una ficha técnica que resume las principales características del Albergue Temporal Especializado para la Atención de Mujeres Adultas Migrantes Víctimas del Delito de Trata de Personas.

En el segundo capítulo se presentan los elementos conceptuales que ayudan a explicar y comprender los aspectos básicos de la migración en Guatemala, los enfoques rectores y los principios orientadores a partir de los cuales se entiende la atención a las mujeres adultas, quienes, estando en situación migrante, han sido víctimas de trata de personas en territorio guatemalteco o como mujeres que han nacido o tienen su residencia habitual en Guatemala y que se encuentran en un país distinto, ya sea como lugar de tránsito o de destino.

El tercer capítulo se refiere a la normatividad nacional, así como a aquellos instrumentos internacionales relativos a la protección, tanto de personas migrantes como de víctimas de trata de personas, firmados y ratificados por Guatemala, en tanto que conforman el marco jurídico que obliga al Estado guatemalteco a garantizar los derechos humanos de quienes se encuentren en su territorio y de los nacionales en tránsito o asentados fuera del territorio nacional que sean víctimas de este ilícito.

En el cuarto capítulo se señalan las características de las instalaciones físicas en términos de su funcionalidad para la atención integral y de calidad a mujeres adultas migrantes víctimas de trata de personas, por lo que las descripciones de los espacios se acompañan con orientaciones de las actividades que allí se desarrollan.

El quinto capítulo describe las principales características del personal a cargo de las funciones sustantivas y básicas dentro del Albergue Temporal Especializado, en el sentido de poder conformar un equipo interdisciplinario especializado en la atención de mujeres adultas migrantes víctimas de trata de personas. A su vez, en el sexto capítulo, se describe la ruta de atención a mujeres adultas migrantes víctimas de trata en el Albergue Temporal Especializado.

El séptimo capítulo es una pequeña guía de respuesta inmediata a problemáticas que se pueden presentar en la atención a las mujeres adultas migrantes víctimas de trata de personas. Su propósito principal es entender la complejidad de las consecuencias que experimentan las mujeres adultas víctimas de la trata de personas y su agudización en situaciones de desarraigo, a fin de actuar de manera pronta para asegurar la protección de la propia persona y de quienes le rodean.

No pretende suplantar la intervención profesional, sino precisamente reconocer la necesidad de atenciones especializadas y utilizar los mecanismos de referencia y contrarreferencia más adecuados a favor de la salud, la integridad y la protección de las mujeres adultas migrantes víctimas de trata de personas.

A su vez, el octavo capítulo se refiere a los procedimientos de actuación ante situaciones de emergencia y riesgo. La intención es desarrollar una cultura de cuidado y prevención tanto en el personal que trabaja en el Albergue Temporal Especializado para la Atención de Mujeres Adultas Migrantes Víctimas del Delito de Trata de Personas como en la población atendida.

Así, este Protocolo de Atención en el Albergue Temporal Especializado para Mujeres Adultas Migrantes Víctimas del Delito de Trata de Personas propone los aspectos básicos para una atención integral con diferentes niveles de articulación a fin de facilitar la restitución de los derechos humanos vulnerados por los delitos de trata de personas, así como apoyar a las mujeres víctimas a reconstruir su proyecto de vida.

Este Protocolo es un producto colectivo facilitado por la asesoría técnica del Proyecto Justicia para Juventud y Género de USAID Guatemala y la dirección de la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas (SVET).