El Director General de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres,
CONSIDERANDO:
I.- Que el día domingo 29 de diciembre del año 2013 hubo erupción en el Volcán Chaparrastique, Departamento de San Miguel, evento que consistió en una columna de gases y cenizas. Depositando varias decenas de miles de metros cúbicos de cenizas y material volcánico en la parte media alta del cono volcánico y alrededores del cráter.
II.- Que según las estimaciones tanto del Observatorio Ambiental del Ministerio del Medio Ambiente como el Área de Análisis de Riesgos de esta Dirección General, la zona de mayor riesgo es el sector Nor Poniente, Poniente y Sur Poniente del Volcán Chaparrastique en un radio de 5 kilómetros en los cuales se ubican varios caseríos de los cantones a) El Volcán del municipio de San Miguel, b) El Conacastal del municipio de Chinameca, c) Cantón La Morita del municipio de San Jorge y d) Cantón Piedra Azul del municipio de San Rafael Oriente.
III.- La situación de amenaza son los grandes flujos de los materiales depositados en la parte media alta del Cono Volcánico, los cuales serían provocados por lluvias intensas y prolongadas propias de la época lluviosa o de invierno.
IV.- El Observatorio Ambiental desarrollo un modelaje de las rutas probables que seguirían esos flujos, estableciendo el escenario más probable el de flujos de 30,000 metros cúbicos en los Cantones de El Volcán, Conacastal y La Morita.
V.- Al geo referenciar las viviendas se logró ubicar a 93 viviendas en alto riesgo por estar en el cauce donde pasarían dichos flujos. Al realizar la Dirección General de Protección Civil conjuntamente con el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano visita de campo integrando a los líderes comunales se estableció la necesidad de ampliar el número de viviendas en situación de mayor riesgo a deslaves de flujos a 280, las cuales en caso de presentarse un evento de ese tipo tendría muy poco tiempo para implementar un plan de evacuación.
VI.- Estas 280 familias están distribuidas de la siguiente manera:
• 176 familias del Cantón Conacastal: Lotificación Hércules (63), Caserío La Cruz El Alto (41), Caserío La Cruz (55), Caserío Placitas (5), Caserío Hacienda El Carmen (10), Caserío Piedra Gorda (2);
• 71 familias del Cantón El Volcán: Caserío El Carreto.
• 33 familias del Cantón La Morita: Caserío La Piedrita
El Director General de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres DECLARA:
1.- ÁREA PELIGROSA la zona Nor Poniente, Poniente y Sur Poniente del cráter del Volcán Chaparrastique hasta un radio de cinco kilómetros. En el área comprendida por los cantones: a) El Volcán del municipio de San Miguel, b) El Conacastal del municipio de Chinameca, c) Cantón La Morita del municipio de San Jorge y d) Cantón Piedra Azul del municipio de San Rafael Oriente.
2.- Se ORDENA LA EVACUACIÓN TEMPORAL por los seis meses que dure la época lluviosa a las 280 familias cuyas viviendas están ubicadas en los probables cauces de deslaves y que tendrán alto riesgo de no evacuar a tiempo en caso se presentara tal fenómeno.
3.- Estas 280 familias están ubicadas:
• 176 familias del Cantón Conacastal: Lotificación Hércules (63), Caserío La Cruz El Alto (41), Caserío La Cruz (55), Caserío Placitas (5), Caserío Hacienda El Carmen (10), Caserío Piedra Gorda (2);
• 71 familias del Cantón El Volcán: Caserío El Carreto.
• 33 familias del Cantón La Morita: Caserío La Piedrita
Será parte de esta declaratoria la nómina oficial del responsable de cada una de estas familias, listado oficial que será entregado al Presidente de la Comisión Departamental de Protección Civil de San Miguel, Comisiones Municipales de Protección Civil de Chinameca y San Jorge y los respectivos Técnicos Municipales, el Técnico Regional y Departamental de San Miguel de esta Dirección General de Protección Civil, cada familia recibirá comunicación directa de la orden de evacuación.
4- Los habitantes de los CUATRO cantones establecidos como ÁREA PELIGROSA deberán mantener presentes los planes de evacuación y no dudar cuando se les indique la necesidad de ejecutar dichos planes.
5.- A las 280 familias que se consignan en la nómina oficial se les ordena la evacuación temporal por los siguientes SEIS MESES y se les proporcionará apoyo para alquiler mensual de vivienda por $150.00 cada mes y $30.00 por una vez para apoyo al traslado. Estos Fondos provienen del FOPROMID.
6.- Los Fondos serán distribuidos por el Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO)
7.- La evacuación no podrá realizarse en áreas dentro de los cuatro cantones declarados como ÁREA PELIGROSA.
8.- La Comisión Departamental de Protección Civil deberá garantizar que se establezca un plan de seguridad a la zona que incluya patrullajes hacia las viviendas evacuadas.
9.- Se establece como fecha para realizar la evacuación el período del 14 al 20 de mayo del corriente año.
San Salvador, 12 de mayo de 2014