Es necesario que exista transparencia sobre el acuerdo con EE. UU.
(Washington, DC) – El ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica, Arnoldo André Tinoco, debería aprovechar su comparecencia ante el Plenario de la Asamblea Legislativa el 19 de marzo de 2025 para divulgar los detalles del acuerdo migratorio con Estados Unidos y confirmar que las personas de terceros países deportadas desde EE. UU. pueden solicitar asilo en Costa Rica, señaló hoy Human Rights Watch.
En febrero, 200 personas, entre ellas 80 niños y niñas, llegaron a Costa Rica en dos vuelos de deportación desde EE. UU. Actualmente, permanecen retenidas en un “centro de recepción” migratorio cerca de la frontera con Panamá. Entre ellas hay personas de Afganistán, China, Irán, Rusia, Uzbekistán y otros países de Asia Central, así como de Vietnam. Estados Unidos también ha deportado a personas de terceros países a Panamá y, recientemente, a El Salvador.
“Costa Rica no debería ser cómplice de los flagrantes abusos de EE. UU.”, afirmó Michael Garcia Bochenek, asesor principal en derechos del niño de Human Rights Watch. “Las autoridades costarricenses deben procesar con celeridad las solicitudes de refugio y garantizar que ninguna persona sea enviada a un lugar donde corra el riesgo de sufrir daños graves”.
Las autoridades de EE. UU. y Costa Rica han asegurado que todas las personas deportadas a Costa Rica desean regresar a sus países de origen. Sin embargo, cinco de ellas declararon a Human Rights Watch que habían huido de la persecución y que, tanto ellas como otras personas, informaron repetidamente a las autoridades estadounidenses y costarricenses sobre su intención de solicitar asilo.
Las personas entrevistadas relataron prácticas de funcionarios estadounidenses que violarían la legislación de EE. UU. Un procedimiento conocido como “expulsión expedita” permite deportar a muchas personas que llegan a los puntos de entrada regulares o ingresan sin inspección, sin que puedan comparecer ante un juez de inmigración. No obstante, la ley estadounidense establece que quienes solicitan asilo o expresan temor de regresar a sus países deben ser entrevistados por agentes de asilo. Si un agente determina que la persona no ha demostrado un temor creíble de sufrir daños en caso de ser devuelta, esta puede solicitar una audiencia ante un juez de inmigración.
Una mujer de 23 años afirmó que huyó de Irán debido a la persecución que sufría por haberse convertido al cristianismo. A mediados de febrero, tuvo una primera entrevista para evaluar su “temor creíble” con un funcionario de asilo estadounidense. Inmediatamente después, agentes de inmigración de EE. UU. le informaron que sería deportada a Irán. Sin embargo, una semana después, la enviaron a Costa Rica.
Otra mujer, de 39 años, declaró que solicitó asilo en el cruce fronterizo de Yuma, Arizona, a mediados de febrero. Los agentes de inmigración de EE. UU. le permitieron ingresar junto con su hijo de 2 años. Aunque recibió una entrevista para evaluar su temor creíble, fue enviada a Costa Rica sin la oportunidad de comparecer ante un juez de inmigración.
En otro caso, las autoridades estadounidenses separaron a una familia extendida de Afganistán: una de las mujeres fue enviada a Panamá, su esposo quedó retenido en EE. UU. y su hermana, su cuñado y su sobrino de 14 meses fueron trasladados a Costa Rica. Ambos hombres habían trabajado para el antiguo gobierno afgano, lo que ponía a toda la familia en riesgo de represalias por parte de los talibanes. La familia aseguró que había comunicado reiteradamente a las autoridades estadounidenses su intención de solicitar asilo, pero no recibieron entrevistas para evaluar su temor creíble antes de ser enviados a Costa Rica.
En un cuarto caso, una pareja rusa relató que fueron enviados a Costa Rica junto con su hijo de 6 años sin haber sido entrevistados por un agente de asilo. Explicaron que huyeron de Rusia después de que el hombre, quien trabajaba en procesos electorales, intentara denunciar irregularidades en las elecciones de 2024. “Pedimos asilo muchas, muchas veces para asegurarnos de que nuestra intención no se malinterpretara, pero las autoridades estadounidenses nos ignoraron por completo”, afirmó.
El presidente Rodrigo Chaves y el director de Migración, Omer Badilla, declararon inicialmente que el país había aceptado a estas personas de terceros países únicamente como un “puente” hacia sus naciones de origen. Una orden especial autoriza su entrada por 30 días “con el único propósito de continuar su viaje hacia sus países de origen u otros destinos”. Sin embargo, la orden no menciona su derecho a solicitar asilo ni la posibilidad de extender su estancia por razones distintas a la organización de su viaje.
Costa Rica tiene una larga tradición de ofrecer refugio a personas solicitantes de asilo. No obstante, en 2022, el gobierno de Chaves tomó medidas para restringir el acceso al asilo, aunque algunas fueron anuladas por los tribunales y otras fueron retiradas en 2024. Costa Rica tiene la obligación, en virtud del derecho internacional, de garantizar el derecho a solicitar asilo y de abstenerse de enviar a personas, directa o indirectamente, a países donde enfrentarían tortura u otros daños graves.
Al anunciar la decisión de aceptar los vuelos, el presidente Chaves declaró: “Estamos ayudándole al hermano económicamente poderoso del norte [Estados Unidos], a quien si nos ponen un impuesto en nuestras zonas francas nos friegan”. Chaves y otros funcionarios costarricenses han afirmado que Estados Unidos está cubriendo los costos de la estancia de las personas deportadas en Costa Rica.
El presidente de EE. UU., Donald Trump, y otros funcionarios estadounidenses han reiterado que las medidas de control migratorio están dirigidas a personas acusadas o condenadas por delitos graves. Sin embargo, quienes han sido deportados a Costa Rica parecen haber pasado solo unas pocas semanas, como máximo, en Estados Unidos, y ninguno de los dos gobiernos ha proporcionado pruebas de que estas personas hayan sido acusadas de algún delito, más allá de la infracción menor de ingreso irregular, ya sea en Estados Unidos o en cualquier otro lugar.
Los esfuerzos de deportación del gobierno de EE. UU. se ven especialmente favorecidos por la expulsión de familias con niños. La legislación federal contra la trata de personas y diversas órdenes judiciales limitan el tiempo que los menores pueden permanecer detenidos en centros de inmigración, pero estas restricciones solo aplican dentro del territorio estadounidense.
En Costa Rica, las familias están retenidas en un centro de recepción de migrantes en el cantón de Corredores, provincia de Puntarenas. Tienen acceso a sus teléfonos móviles y pueden comprar minutos y datos, pero las autoridades costarricenses retienen sus pasaportes y otros documentos de identidad.
Aunque las personas entrevistadas manifestaron su agradecimiento por el refugio, la alimentación y la actitud generalmente acogedora del personal del centro, describieron condiciones inadecuadas para niños y niñas. Los padres señalaron que el clima cálido y húmedo afectaba el apetito y el estado de ánimo de sus hijos. Además, el centro no ofrece educación ni actividades estructuradas para la infancia, y las oportunidades recreativas son escasas.
La Defensoría de los Habitantes de Costa Rica ha criticado las condiciones del centro.
La Asamblea Legislativa ha citado al ministro de Relaciones Exteriores para la audiencia del 19 de marzo proporcione detalles sobre el acuerdo con Estados Unidos en virtud del cual Costa Rica aceptó a estas personas de terceros países.
El ministro debería hacer público el acuerdo, señaló Human Rights Watch.
Antes de la audiencia, el gobierno costarricense debe aclarar cómo garantizará el derecho de las personas a solicitar asilo en Costa Rica y qué acciones tomará para permitir el retorno a EE. UU. de quienes no tuvieron oportunidad de presentar solicitudes de asilo ante las autoridades estadounidenses.
“No hay justificación para que Costa Rica no proteja los derechos y el bienestar de los niños detenidos tras su deportación desde Estados Unidos”, concluyó Bochenek.
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