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Colombia

Colombia: Sin la verdad no puede haber justicia y reparación, ni paz y reconciliación

La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos desea destacar la oportunidad especial que tienen el Gobierno y el Congreso en los próximos días para establecer las condiciones indicadas para la desmovilización de todos los grupos armados al margen de la ley en el marco del conflicto armado interno, y el desmonte de sus estructuras ilegales, a través de un marco jurídico adecuado que permita la reconciliación nacional y evite la impunidad.

En desarrollo de su mandato y de su función de asesoría, la Oficina desea resaltar algunos de los elementos que considera claves y necesarios para resolver adecuadamente la ecuación de una justicia transicional que relaciona los principios de verdad, justicia y reparación con el ofrecimiento de beneficios e incentivos en busca de la paz y de la reconciliación nacional.

Los siguientes son algunos aspectos fundamentales para crear el marco jurídico de una justicia transicional que sirva constructivamente a Colombia:

1) Los beneficios de una justicia transicional deben otorgarse exclusivamente a los miembros de grupos armados al margen de la ley que se desmovilicen colectivamente. El objetivo de la desmovilización y la reinserción colectiva de los miembros de grupos armados ilegales conlleva perspectivas exitosas de pacificación, sobre la base de acuerdos entre el Gobierno y estos grupos. Esto justifica que la sociedad realice mayores ofrecimientos en términos de beneficios judiciales que representen generosos incentivos para el desarme, la cooperación con el sistema judicial y la reconciliación nacional. El otorgamiento de beneficios judiciales de envergadura debe distinguirse de algunos incentivos que el Estado puede ofrecer a aquellas personas que individualmente y sin que haya acuerdos colectivos de paz dejan las armas y colaboran con la justicia. Por ello es aconsejable que se revisen y modifiquen los artículos 1, 2 y 11 del proyecto de ley.

2) El esclarecimiento pleno de los hechos y crímenes cometidos es el elemento clave para lograr conocer la verdad, realizar la justicia, y garantizar la reparación a las víctimas. Para lograr el esclarecimiento se necesita la plena colaboración con la justicia del potencial beneficiario. El victimario debe confesar su participación en todos los hechos en los que estuvo involucrado y aportar amplia información sobre las modalidades y otros aspectos relevantes para honrar la verdad, la justicia y la reparación. Los beneficios judiciales previstos en la ley deben servir de incentivo para abandonar las armas y para cooperar judicialmente. Para que estos beneficios funcionen debidamente como incentivos, debe premiarse la amplia cooperación de los procesados, mediante su confesión y su contribución concreta a la verdad, a la justicia y a la reparación. Al mismo tiempo, la ley debe desmotivar la retención de información valiosa aplicando consecuencias mayores, incluyendo la pérdida o no concesión del beneficio, por la falta de una colaboración efectiva del integrante del grupo armado ilegal o por haber escondido importantes partes de la verdad. Es justamente la cooperación efectiva para el esclarecimiento pleno de los hechos la que justifica que la sociedad esté dispuesta a conceder ciertos beneficios especiales a los victimarios. El aporte de toda la información es también clave para asegurar el desmantelamiento efectivo de las estructuras ilegales de todos los grupos armados al margen de la ley. Por ello es aconsejable que se revisen y modifiquen los artículos 10, 17, 18, 19, 22 y 25 del proyecto de ley.

3) La mejor contribución a la reconciliación nacional es garantizar la adecuada y efectiva reparación a las víctimas, por parte de los victimarios y del Estado en lo que corresponda. De un lado, los responsables de graves crímenes aceptan colectivamente abandonar las armas y el conflicto armado, y cooperar con la justicia. Por ello pueden recibir beneficios judiciales especiales que también les faciliten reinsertarse en un futuro cercano en una sociedad pluralista. De otro lado, las víctimas y la sociedad en su conjunto aceptan ser generosas y aprobar el otorgamiento de beneficios que el Estado concede a los responsables de crímenes de guerra. Pero el prerrequisito es que se honren adecuadamente los derechos básicos de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación. Que las víctimas recuperen su dignidad, sus bienes, sus tierras y que reciban adecuadas compensaciones por los perjuicios sufridos, abre las puertas a la necesaria reconciliación y al establecimiento de una paz duradera y sostenible. Es también importante asegurar respuestas diferenciadas que tomen en cuenta las condiciones específicas de los distintos tipos de víctimas, como por ejemplo mujeres, niños y niñas, indígenas y afro-colombianos. Por ello es aconsejable que se revise el capítulo IX y se reformulen particularmente los artículos 43, 45, 49 y 55 del proyecto de ley.

4) Para alcanzar la reconciliación nacional y una paz sostenible, enmarcada en el Estado de derecho, es fundamental abordar los factores centrales que han hecho que esas estructuras ilegales pudieran funcionar y contin=FAen actuando a diferentes niveles. En un Estado democrático se necesita desarticular totalmente esas estructuras para evitar que perpet=FAen su incidencia social, económica y política, tanto en el ámbito nacional como regional. Dicha desarticulación debe garantizar una administración transparente y proteger a la sociedad civil en el ejercicio pleno de sus libertades fundamentales, así como evitar la repetición de los hechos. Consecuentemente con esta premisa, y con un profundo compromiso contra la impunidad, no es aconsejable considerar al paramilitarismo como un delito político. En este sentido, es conveniente revisar los artículos 17, 25 y 64 del proyecto de ley.

La sociedad colombiana está a las puertas de la adopción de decisiones claves que pueden representar cambios fundamentales para el país para superar el conflicto interno armado en favor de la paz, fortalecer el Estado de derecho y honrar la verdad, la justicia y la reparación. Ello, además, puede ser un aporte innovador para el mundo.

Los puntos arriba mencionados no son exhaustivos pero son fundamentales para lograr un marco jurídico adecuado. La mejor forma de superar el conflicto armado interno y acercarse a la paz es asegurar que todas las medidas tomadas por el Estado estén guiadas por los instrumentos internacionales desarrollados, durante las =FAltimas décadas, en materia de derechos humanos, de derecho internacional humanitario y de derecho penal internacional, y sean compatibles con ellos.